Por fin se ha visto cumplida una histórica reivindicación de Aralar, la aprobación del reglamento del juego en Navarra y, por tanto, el control de acceso a locales de juego y apuestas. Aunque esta medida todavía tardará en entrar en vigor, puesto que las empresas disponen de 12 meses para adaptar sistemas que permitan este control, es de esperar que de forma progresiva se vayan yan instalando en locales de juego y máquinas de apuesta deportiva situada en establecimientos de hostelería.

Estamos ante un hito en la regulación del juego en Navarra. La batería de medidas que contempla van a ser de gran utilidad para frenar las consecuencias nefastas que los juegos de azar tiene para muchas personas, especialmente las más jóvenes.

No obstante, hay margen de mejora, por ejemplo, se sigue dispensando bebidas alcohólicas dentro de los locales y la publicidad del juego no se ha prohibido, como pasó en su momento con la de tabaco y alcohol. Por otra parte las máquinas tragaperras quedan fuera de cualquier control.

Desde Aralar siempre hemos insistito en que una buena regulación es un potente escudo protector contra la ludopatía pero también son necesarias medidas de prevención. La realidad es que cada día se juega más dinero -según los últimos datos del juego en Navarra, en 2023 los navarros y navarras jugaron 5 millones más que el año anterior (sólo en juego presencial, sin considerar el online), y la edad de inicio al juego es más temprana, entorno a los 15 años. El principal problema de juego entre la juventud en este momento es la apuesta deportiva, con Navarra a la cabeza del Estado.

El Gobierno foral ha aprobado, en su sesión de hoy, el Reglamento General de los Juegos y Apuestas de Navarra, que da cumplimiento a lo establecido por la Ley Foral 21/2022. La norma desarrolla aspectos normativos en cuanto a la organización, explotación y práctica de los juegos y puestas en el ámbito de las competencias de la Comunidad Foral de Navarra. Entre otras medidas, el texto regula la planificación y funcionamiento de locales y máquinas, los horarios de estos y la publicidad y patrocinios, así como el control efectivo de accesos a salones de juegos y casas de apuestas, con el fin de reforzar la protección de los menores y colectivos vulnerables.

Según explicó la Consejera López Antalo “el espíritu del Reglamento se apoya en dos ejes: por un lado, la protección a menores y a los colectivos vulnerables, reduciendo los riesgos de adicción y ludopatías y, por otro, el establecimiento de medidas que reducen los riesgos de adicción y exposición, disminuyen la accesibilidad y actúan sobre los factores de protección desde la educación y sensibilización social”. En esa línea, ha subrayado la importancia del control de accesos a los locales, “una medida fundamental” para prevenir las adicciones de menores y vulnerables.

Con el nuevo Reglamento, el servicio de recepción o admisión deberá comprobar la información de las personas usuarias en cada uno de los accesos efectuados al local para conocer si rebasan la mayoría de edad y si están incluidas o no en el Registro de Interdicciones, en el que se recogen los datos de aquellas personas que voluntariamente han pedido que se les excluya del acceso a los locales. Para ello, el control deberá disponer de un sistema informático que permita la conexión con el citado registro y la comprobación de la mayoría de edad. Las empresas tienen ahora un margen de 12 meses para llevar a cabo los desarrollos informáticos correspondientes.

En este momento, se está elaborando una resolución de la Dirección General de Interior que aprobará las condiciones y características técnicas que deben reunir los sistemas y elementos de juego para controlar el acceso de las personas jugadoras a los locales de juego, así como la práctica de apuestas mediante máquinas auxiliares instaladas en establecimientos de hostelería.

En cuanto a horarios de funcionamiento, el reglamento establece el horario general de cierre para locales de apuestas deportivas a las 0:30 horas, para las salas de bingo a las 3:00 horas y para salones de juego a las 0:30, de manera que Navarra armoniza los horarios del sector con respecto a los del resto de Comunidades Autónomas, donde sí se diferencian por tipología de establecimiento y juego, público asistente y grado de vulnerabilidad. “Navarra deja de ser una excepción”, indicó la Consejera.

Distancias con colegios y máquinas en locales de hostelería
En el apartado relativo al juego presencial –salas de bingo, salones de juego y tiendas de apuestas deportivas-, el Reglamento indica que no se podrán otorgar autorizaciones para instalar establecimientos a menos de 400 metros de centros educativos, centros oficiales para la rehabilitación de personas jugadoras patológicas, centros residenciales de personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental, centros sanitarios, deportivos, culturales y recreativos y casas de la juventud.

Por otro lado, en locales de hostelería, las máquinas de apuestas deberán contar para su uso con los elementos técnicos que obliguen a la persona usuaria, sin intervención de terceros, a identificarse de forma previa y obligatoria para la comprobación de su inclusión en el Registro de Interdicciones y su mayoría edad. Asimismo, estas máquinas deberán incorporar elementos técnicos que hagan que una vez finalizadas las partidas de juego y durante el tiempo en que no esté siendo utilizada permanecerá desactiva sin emitir estímulos sonoros, visuales o lumínicos.

Limitaciones en publicidad y patrocinios

La norma establece también una serie de medidas a nivel publicitario, prohibiendo la publicidad de apuestas en cualquier actividad deportiva de Navarra con financiación, total o parcial, mediante subvención pública. A su vez, se impide en soportes situados a menos de 300 metros de centros educativos, deportivos, culturales, recreativos, sanitarios o locales de rehabilitación de personas con adicción al juego, problemas de salud mental graves o problemas de discapacidad, mientras que en medios de comunicación no se permite en periódicos, revistas o cualquier medio de información navarros, así como en los centros de radio y televisión ubicados en la Comunidad Foral desde las 5:00 horas hasta las 1:00 horas del día siguiente.

De la misma forma, se prohíbe la publicidad de empresas de juego en dependencias de las administraciones públicas, espacios públicos destinados a menores de 18 años, en centros sanitarios, sociales, sociosanitarios y escolares y en cines, locales e instalaciones en las que se celebren acontecimientos deportivos. En lo relativo al patrocinio, el texto impide el de empresas de apuestas deportivas en clubes deportivos, no permitiendo su publicidad en camisetas e indumentarias así como en instalaciones y estadios deportivos en competiciones del ámbito de la Comunidad Foral.

Plan de Inspección y Registro de Interdicciones 

Paralelamente a la aprobación del Reglamento, el Departamento de Interior, Función Pública y Justicia está trabajando en distintos frentes para avanzar en la prevención y reducción de riesgos. Por un lado, se ha aprobado el II Plan de Inspección y control del juego, pendiente de publicación en el Boletín Oficial de Navarra (BON), y que, al mismo tiempo, trae consigo los Programas de Actuación específicos en 2 líneas de juego y 1 de espectáculos.

Por otro, a finales del pasado año, se suscribió un convenio de reconocimiento mutuo con el Ministerio de Consumo para poder compartir los datos de los registros de personas que se han autoprohibido, de forma voluntaria, la entrada en locales y establecimientos de juego, de manera que esa autoprohibición se extienda a todo el territorio. Esto hace que las inscripciones de cada uno tienen efecto en el otro, si así voluntariamente lo ha decidido quien solicita su inscripción.

Intervención de la Consejera López Antelo anunciando la aprobación del Reglamento.

Por razones de privacidad YouTube necesita tu permiso para cargarse. Para más detalles, por favor consulta nuestra Política de Privacidad.
I Accept

NOTICIAS RECIENTES

CATEGORÍAS

Regístrate para recibir contenido de Aralar de forma periódica en tu bandeja de entrada, cada mes.

¡No hacemos spam! Lee nuestra política de privacidad para obtener más información.